LA HABANA, Cuba, noviembre (173.203.82.38) – Por fin se aprobó la prometida y muy esperada legislación que autoriza la compra-venta y otras operaciones con la vivienda, mediante el Decreto-Ley No. 288 y varias resoluciones ministeriales complementarias. Documentos publicados en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 del 2 de noviembre de 2011, que modifican fundamentalmente el Capítulo V de la Ley General de la Vivienda.
Las nuevas normas jurídicas reconocen la compra-venta, permuta, donación y adjudicación -por divorcio, fallecimiento o salida definitiva del país del propietario- de viviendas entre personas naturales cubanas con domicilio en el país, y extranjeros residentes permanentes.
Con esa decisión se eliminan las autorizaciones de las direcciones municipales de la Vivienda, acordándose las transacciones entre las personas a través de un notario público. Por más de 50 años la compra-venta de viviendas estuvo prohibida en Cuba, mientras las permutas fueron rígidamente controladas. Sólo eran permitidas -según la legislación vigente- mediante el intercambio de inmuebles equivalentes, sin posibilidad de compensaciones monetarias, aunque en la práctica las normativas se violaban con entregas de dinero por debajo de la mesa.
Aunque El Decreto-Ley No. 288 y las resoluciones ministeriales complementarias sólo están disponibles en Internet, medio al que no tiene acceso la mayoría de los cubanos, lo cual es un obstáculo para analizar a plenitud la medida, por la información aparecida en la prensa nacional puede afirmarse que es un paso positivo al reconocer y legalizar la propiedad privada en Cuba, al mismo tiempo que reducirá la corrupción y el exceso de trámites. Asimismo permitirá cierto reacomodo en la posesión de las viviendas.
Resulta previsible que a partir de ahora crecerán las actividades constructivas para la reparación de viviendas, al pasar a manos de personas con mayores ingresos económicos. Además, aunque todavía persisten dificultades para la obtención de materiales, hay una relativa mejoría para adquirirlos, así como cierta flexibilidad en los permisos para realizar las obras, factores que contribuirán en términos relativos a la reanimación del sector.
No obstante, esta medida presentará nuevos retos a la sociedad. En primer lugar, no resuelve la difícil situación habitacional existente, que requiere el incremento de la edificación de nuevas viviendas, teniendo en consideración que el déficit actual puede ser superior al millón de unidades. Esto unido al estado crítico del fondo habitacional por tantos años sin un adecuado mantenimiento y atención.
Por otra parte, la mayoría de las personas no podrán adquirir una vivienda, dados sus exiguos ingresos, con un salario medio mensual de 448 pesos, equivalentes a 18 US dólares al cambio oficial. Los ciudadanos con posibilidades de adquirir viviendas serán quienes reciban remesas de la comunidad cubana en el exterior, o hayan podido acumular recursos financieros como resultado de su trabajo, fundamentalmente campesinos, algunos artistas y escritores, y aquellos que capitalizarán al margen de la inflexible legalidad establecida.
La legislación podría provocar una estratificación adicional de la sociedad cubana y aumentar los sentimientos de desprotección ya existentes en los sectores más humildes, que aprecian que la brecha social se amplía progresivamente, sin que existan vías para mejorar los niveles de vida a través del trabajo.
Esto podría aliviarse con el aumento de la construcción de viviendas mediante la creación de pequeñas y medianas empresas o cooperativas reales, que junto a las empresas estatales, eleven los bajísimos niveles constructivos actuales.
Sería conveniente crear esquemas de financiamiento que permitan a personas de menores ingresos contar con una vivienda, y que esto no sea solamente una oportunidad para un sector reducido de la población. La falta de viviendas, que provoca el hacinamiento de varias generaciones en pequeños espacios es fuente de muchísimos conflictos, y uno de los factores que está provocando el retroceso demográfico, así como el éxodo, particularmente de jóvenes, en busca de mejores condiciones de vida en el exterior.
Una solución a mediano y largo plazo para ir dando solución a las inmensas necesidades acumuladas de moradas, en particular a la de los sectores de menos ingresos, sería la creación de cooperativas de créditos para el financiamiento de la edificación de viviendas, que al ser terminadas podrían venderse por medio de créditos hipotecarios respaldados por el Estado, o darse en arrendamiento en condiciones preferenciales a las familias de menores ingresos. Sin embargo, la solución del crítico problema de la vivienda, como la de otros muchos que lastran la sociedad cubana, será imposible de resolver sin eliminar de raíz las fracasadas concepciones y el disfuncional modelo económico, político y social que han llevado al país al desastre, y son liberadas las fuerzas creativas de los cubanos.
El Decreto-Ley No.288 podría constituir un primer paso racional para la solución del problema de la vivienda, pero serán necesarios muchos más para resolver las dificultades surgidas debido a más de 50 años de implantación de medidas absurdas y desatención a este importante aspecto de la vida ciudadana.