LA HABANA, Cuba, noviembre (173.203.82.38) – Treinta años lleva esperando Eliseo Domínguez, de 48 años, por la restitución de los derechos sobre su vivienda (heredada de sus padres), a pesar de fallos a su favor de distintas instancias oficiales; el último del 23 de junio de 2011, emitido por la Dirección Provincial del Instituto de la Vivienda referente a que “no se ha ejecutado la sentencia No. 487-82 dictada en el proceso administrativo No. 287-82, en que se declara ocupante ilegal a la señora Mercedes Arteaga López y su núcleo familiar en el inmueble de Calle México No. 116 entre Montevideo y Guatemala, Guanabo, los cuales, desde 1982 no han abandonado la vivienda”.
Domínguez refiere que la misiva que recibió expone que fueron realizadas las investigaciones correspondientes “pero debido al tiempo de convivencia de la Sra. Arteaga López en el inmueble objeto del proceso, se le autorizó la reubicación en otra vivienda, por lo que le reiteramos que su inquietud se encuentra aún en proceso de solución por carecer la Administración actuante de fondo habitacional disponible para reubicar a este núcleo familiar, e incluso no se dispone de capacidad de albergue para trasladar a las personas”.
Comenta Domínguez que comunicó a esa instancia varias direcciones de inmuebles estatales desocupados en el municipio, donde los ocupantes de su vivienda, declarados ilegales, pudieran ser reubicados, pero la propuesta no se tuvo en cuenta.
Antes se dirigió a la Dirección Municipal de la Vivienda en reclamo del cumplimiento de la Sentencia 497-82 del Tribunal Popular Municipal sobre el litigio. Le comunicaron, entre otros aspectos, que se realizarían “todas las acciones para la planificación de dicha extracciones y que se pueda dar solución a su caso”.
Domínguez dirigió una carta a la Fiscalía General de la República, a su Dirección de Protección de los Derechos del Ciudadano. Lo citaron y trasladaron su reclamación a la Fiscalía Provincial.
La Fiscalía Municipal de Habana del Este respondió con fecha 21 de junio de 2010, reconociendo sus derechos y advirtiendo a la Dirección Municipal de la Vivienda de su arbitrariedad por “lo improcedente de legalizar la convivencia como arrendatarios de estas personas en un inmueble, por su tiempo de permanencia en él, luego de ser declarados ocupantes ilegales, cuando esta presencia se ha hecho prolongada precisamente por el injustificado inmovilismo de la Dirección Municipal de la Vivienda; así como tampoco es ajustado al Derecho el uso de la facultad discrecional reconocida al órgano administrativo, toda vez que no procede cuando lacera derechos legítimos de terceras personas, como lo es en este caso el de los titulares de esta vivienda”.
“Reclamaciones van, respuestas llegan, sin que nada se solucione, como pelotica de pin pon, siempre en el aire. Si ahora mismo yo quisiera permutar, donar o vender mi vivienda de acuerdo a las nuevas facilidades de la Ley de la Vivienda, no podría hacerlo teniendo a esas personas ilegales en mi legítima propiedad. No queda organismo al cual dirigirme”, dice Domínguez, y pregunta: “¿Qué hago?”