LAS TUNAS, Cuba.- “Después que el Estado (cubano) lo hizo héroe, sacándolo hasta por la televisión, sepultándolo ahora en un calabozo lo han convertido en un mártir”, dice un doctor, refiriéndose a Yony Castelló.
Las coincidencias históricas son tercas, indóciles hasta con poderes totalitarios: justo cuando este miércoles la delegación castrista presente en Ginebra, Suiza, el “Informe Nacional de Cuba” al 3er ciclo del examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos, sin las garantías reconocidas por las Naciones Unidas en el artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos para su defensa, Yony Castelló cumplirá un mes de encierro en un calabozo en Las Tunas, en el Oriente cubano, sin que un abogado tuviera acceso al expediente acusatorio.
“¿La defensa de Yony Castelló está en el caso del último párrafo del artículo 247 de la Ley de Procedimiento Penal?”, recién pregunté a un abogado.
“Es como usted dice”, confirmó el letrado.
El precitado artículo 247 dice que, en su resolución decretando la prisión provisional del acusado, el fiscal podrá “excepcionalmente” disponer por “razones de seguridad estatal” que el acusado aplace la proposición de pruebas en su defensa para cuando el Tribunal abra la causa a juicio oral, que será cuando en el “improrrogable término de cinco días” el abogado propondrá pruebas en oposición a las acumuladas secretamente por policías y fiscales durante meses de encierro del acusado.
“En estos casos el acusado y su abogado no tendrán acceso a las actuaciones correspondientes a la fase preparatoria del juicio oral mientras estas se estén practicando”, dice el último párrafo del artículo 247 de la Ley de Procedimiento Penal cubana.
La indefensión de Yony Castelló y la de todos los acusados en esas circunstancias en Cuba, que la delegación castrista calla en su informe al 3er ciclo del examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos, puede prolongarse, y hasta pasar del secretismo decretado por los fiscales al de los jueces.
Al amparo del artículo 283 de la citada Ley de Procedimiento, también por “razones de seguridad estatal”, los jueces pueden disponer que tampoco en el Tribunal se entregue a los abogados defensores el expediente acusatorio, sino “poniendo de manifiesto las actuaciones en la secretaria del Tribunal”, con la consiguiente limitante que entraña tal proceder para establecer una debida defensa.
Y contra esta decisión “no procederá recurso alguno”.
Pero ahora la prensa oficialista, en su momento pródiga en elogios, no dice por qué Yony, mayor productor de carne de cerdo de Las Tunas (532 645 habitantes), pese no haber sido sancionado por delito alguno, permanece encerrado en un calabozo como si fuera un terrorista convicto, luego de un mes de interrogatorios, cuando el artículo 59 de la Constitución de la República dice:
“Todo acusado tiene derecho a la defensa” y no se ejercerá “coacción de clase alguna sobre las personas para forzarlas a declarar.”
Policías, jueces, fiscales, abogados, y sobre todo aquellas personas que han enfrentado procesos penales y encarcelamiento, tanto por delitos comunes como políticos, saben que ese precepto constitucional no tiene arraigo en Cuba.
Vemos la inconstitucionalidad hasta en la televisión, escenificada en las series policiacas cubanas, donde nos tienen acostumbrados a ver interrogadores ofuscados, y por igualdad de género incluso, mujeres interrogadoras procurando confesiones inquisitoriales, pero nunca, vemos abogados ejerciendo su oficio en las estaciones de policías o de investigación criminal.
Así y todo, la delegación gubernamental cubana ante el Consejo de Derechos Humanos dice que en Cuba se protegen todos los derechos, incluyendo las quejas y peticiones ciudadanas y que de esa protección, precisamente está encargada la Fiscalía General de la República.
Pero tal protección es incierta, circunstancial, demorada a cuenta gotas en el mejor de los casos, cuando las pruebas en oposición son públicas y notorias. Esto lo sabemos todos los cubanos, hasta el jefe de la delegación castrista en Ginebra que afirma que en Cuba se respetan los derechos humanos, el ministro de Exteriores Bruno Rodríguez Parrilla, que cuidará muy bien de verbalizar su fuero interior para no concluir tirado a menos, como su antecesor, el defenestrado canciller Felipe Pérez Roque.
La delegación gubernamental cubana calla en el Consejo de Derechos Humanos en Ginebra lo que en Cuba es un secreto a voces: el castrismo trasforma héroes en mártires, y, sobre todo, héroes en villanos según conveniencias del régimen.
Héroes devenidos mártires en circunstancias misteriosas fueron Fran País, Camilo Cienfuegos, Che Guevara… Y por sólo citar dos ejemplos, héroes transformados en villanos gracias al concurso de policías, fiscales y jueces fueron Huber Matos y Arnaldo Ochoa.
Fisiológicamente Yony Castelló está vivo, pero a decir del doctor entrevistado, espiritualmente está muerto; sepultándolo en un calabozo con la pretensión de hacer de él un villano, en realidad el castrismo “lo ha convertido en un mártir”.
Su martirio no fue inducido por la fe, sino por el error, el de creer que en Cuba existe justicia, cuando en Cuba en lugar del derecho impera la venganza, el rencor. Y del mismo modo que ya no producimos azúcar, después del martirio de Yony Castelló, ya ningún agricultor cubano, ni extranjero llegado a Cuba, se aventurará a producir carne, ni leche, ni nada, en la magnitud que él lo hizo para luego perder todos sus bienes, hasta el sustento de sus hijos y terminar en la cárcel. Es la espada de Damocles que el castrismo sostiene sobre los cubanos, haciendo de ellos un pueblo indigente y a Cuba una nación menesterosa. Es la verdad que hoy callan en Ginebra. Debían confesarla.