GUANTÁNAMO, Cuba. – Desde hace unos años los jueces del sistema judicial cubano, fiscales, no pocos abogados y dirigentes de la dictadura castro comunista, no cesan de hablar del “debido proceso” y ponderar las presuntas características “humanitarias” de la administración de justicia en Cuba.
En su manía goebbeliana de creer que repitiendo una frase esta se convierte en verdad, los mandantes cubanos aseguran en el artículo 1 de la Constitución que Cuba es un Estado socialista de derecho y justicia social —y para mayor desfachatez— democrático.
El término “debido proceso”—due process of law— tiene su nacimiento, como tantos otros conceptos democráticos, en la Constitución norteamericana. Actualmente se le considera un conjunto de principios jurídicos que deben garantizar la equidad de las partes en los procesos judiciales y que sirven como protección ante el poder omnímodo del Estado, obviamente, en países realmente democráticos. Entre esos principios están el derecho a la defensa, la publicidad de los debates y la igualdad de posibilidades de las partes.
Este miércoles 7 de agosto me presenté ante la Sección de lo Penal del Tribunal Municipal Popular de Guantánamo, acusado como presunto autor de los delitos de Resistencia y Desobediencia, por lo ocurrido el 22 de abril pasado en el portal de esa institución. Aclaro a los lectores no enterados que ese día fui golpeado salvajemente por un agente de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) estando esposado. Según la Fiscalía Militar, el esbirro que me golpeó no cometió delito alguno. En cambio yo, que fui lesionado, sí lo cometí.
El inciso (a) del artículo 94 de la Constitución establece que toda persona disfruta de igualdad de oportunidades en todos los procesos en los que interviene como parte. En mi caso, las pruebas documentales que acreditan las lesiones que recibí constan en el expediente de la Fiscalía Militar, no en el incoado en mi contra por la vía civil. Para los efectos de quienes dicen ser jueces pero actúan como fiscales, yo no recibí lesión alguna. Ellos acogieron como ciertas las palabras de los esbirros que declararon en mi contra y que negaron haberme golpeado. Además de ser unos cobardes, mintieron sin recato ante el tribunal. Dijeron que las lesiones pude habérmelas causado yo mismo con las esposas. Angelitos esos esbirros. Más desvergonzado resulta que esas mismas palabras hayan sido reiteradas por la fiscal —perdón, quise decir la jueza— que presidió el tribunal que me juzgó. Entonces los videos y fotos que están en las redes, las lesiones certificadas por los médicos —entre ellas la que demostró que me perforaron el tímpano de mi oído derecho— son pruebas falsas.
Presenté esas pruebas en el juicio, pero la joven jueza, al parecer más interesada en quedar bien con la Seguridad del Estado que en hacer justicia, las rechazó todas. Luego, para mayor desparpajo, al dar a conocer su sentencia aseguró que Cuba sí es un Estado de derecho.
El tribunal que esa joven presidió no me permitió asumir mi defensa, ni estudiar con tiempo suficiente el expediente, violando lo establecido en el párrafo último del artículo 3 y el inciso (b) del artículo 4, ambos del Decreto Ley 81 dictado por el Consejo de Estado el 8 de junio de 1984. Me lo impidió porque la Dirección Provincial de Justicia, con diferentes pretextos, se negó a entregarme el certificado que acredita que estoy inscripto en el Registro de Juristas. Poco antes de comenzar el juicio, la secretaria del tribunal me dijo que tenía treinta minutos para estudiar el expediente y yo le respondí que eso no era serio y que no aceptaba esas condiciones. ¿De qué igualdad procesal puede hablarse ante hechos como este?
Los esbirros recitaron como escolares una parrafada idéntica en la cual aseguraron que el día de los hechos fueron llamados por la radio de la unidad municipal de la policía para que detuvieran a un ciudadano vestido de blanco que estaba alterando el orden frente al tribunal, donde gritaba consignas contrarrevolucionarias. Ese día el tribunal estaba sitiado por numerosos esbirros vestidos de civil y de uniforme, e imagino que por otro gran número de chivatos encubiertos. ¿A quién se le puede ocurrir que esa afirmación sea cierta? Bueno, sólo a la jueza convertida en fiscal, porque ya sabemos que en Cuba los jueces legos no deciden nada.
La Seguridad del Estado sabe que jamás he alterado el orden público y que fue el oficial Víctor Víctor quien dio la orden de detenerme en contra de lo establecido en la Ley de Procedimiento Penal. Que tenga la valentía de reconocer que se equivocaron y que lo ocurrido se debió a la poca profesionalidad del esbirro que me detuvo es otra cosa. Es más fácil enviar injustamente a prisión a un hombre como yo que tener la decencia de reconocer un error.
La jueza trató de que no se relacionara a la Seguridad del Estado con lo ocurrido. Pero si eso fuera cierto, ¿por qué el Mayor Bryan, jefe de la contrainteligencia de la provincia, fue a visitarme en la primera unidad de la policía el viernes 26 de abril, en horas de la noche, para conversar conmigo y lamentarse por lo ocurrido? ¿Por qué al día siguiente fue a verme el capitán Kevin? ¿Por qué el miércoles 24 fue a verme Víctor Víctor, a quien le dije que no tenía que hablar nada con él? ¿Por qué fue este oficial quien dio la orden de detenerme?
Lo que más me ha dolido no ha sido la injusta sanción de un año de privación de libertad sustituida por trabajo correccional con internamiento. Más que eso —a pesar de lo que significa para mi vida y la de mi familia— lo que más me dolió fue la forma en que los agentes de la policía le mintieron al tribunal al narrar lo ocurrido y —más aún— como la jueza que presidió el tribunal se hizo eco de esas mentiras. Evidentemente tiene asegurado un brillante porvenir dentro de la dictadura, si a esta altura ya es capaz de actuar así, qué no hará para seguir escalando. ¡Y encima tuve que escucharle su larga, incoherente y estólida perorata sobre la justicia en Cuba y el respeto al debido proceso!
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