LA HABANA, Cuba, enero, 173.203.82.38 -Una de las cosas que más me llamó la atención durante los años en que el gobierno castrista “me hospedó” por motivos políticos —y en que tuve que convivir con presos comunes de toda laya—, fue enterarme de la sorprendente popularidad que tienen, entre ese público tan problemático, las películas de muñequitos (dibujos animados) de Elpidio Valdés.
Ese personal, encallecido en la violencia, el vicio y la delincuencia, vuelve a ver con gusto esas creaciones de Juan Padrón, a pesar de saberse de memoria las aventuras del combativo coronel mambí. Eso habla muy alto de los grandes méritos de ese realizador, pese a la obscenidad que él perpetró al prestarse a reflejar, en una de sus cintas, la supuesta lucha del héroe independentista creado por él… ¡junto a los españoles y en contra de nuestros aliados norteamericanos!
De modo particular recuerdo en este momento uno de los pasajes más simpáticos de uno de esos filmes: Bajo el vendaval de un ataque de los insurrectos, dos reclutas peninsulares escuchan un irreconocible toque de clarín de su compañero corneta. Uno de los soldaditos pregunta “¿Y qué tocó ése!”. Su camarada, que en lo único que piensa es en salir de aquel infierno, le contesta: “¡Si se oye clarito clarito!: ¡¡¡Retirada!!!”.
Recordé esta graciosa anécdota al escuchar las declaraciones hechas el pasado viernes por el vicepresidente ejecutivo venezolano, Nicolás Maduro, acerca de las disposiciones de la vigente Constitución aplicables a la actual coyuntura política de ese país hermano. La entrevista fue divulgada el sábado en el horario de la Mesa Redonda, amén de merecer una de las ocho páginas del periódico oficialista Granma.
El actual mandamás bolivariano recordó distintos preceptos de la superley. Recalcó que la presente falta de Hugo Chávez no puede ser catalogada de absoluta, en lo cual lleva razón, pues la situación actual del mandatario convaleciente, hasta el momento, no está comprendida en ninguno de los supuestos que contempla el artículo 233 de la carta magna.
Por consiguiente, no se está —al menos por ahora— en el caso de convocar una nueva elección presidencial. La Constitución parece omisa en este punto, pues sólo prevé de modo expreso el caso de que haya una falta absoluta, y no una relativa, como sucede ahora. No obstante, lo que sí parece claro es que, si Chávez no puede tomar posesión el 10 de enero, el cargo debe ser asumido por presidente de la Asamblea Nacional, el recién reelegido Diosdado Cabello.
Pese a las protestas de hermandad con este último hechas por Nicolás Maduro, y no obstante la disposición que él expresó a volver a trabajar como chofer de ómnibus si así lo requiere su líder ahora enfermo, todo indica que el flamante Vicepresidente Ejecutivo actual preferiría continuar —como se dice en Cuba— “pegado al jamón”.
Aunque no afirmó en tan pocas palabras que le correspondería a él mismo continuar ejerciendo la jefatura del país tras el 10 de enero, sí eludió reconocer de modo expreso que esa tarea debe asumirla Cabello. Y lo que es más, tuvo la osadía de calificar de “golpe de estado” las tesis de los dirigentes opositores que plantean precisamente eso.
Las reiteradas invocaciones de Don Nicolás a la condición de Chávez como “presidente reelecto” y su calificación de la toma de posesión como “un formalismo” parecen apuntar hacia que el actual encargado del Poder Ejecutivo piensa que, después de la fecha mencionada, él mismo debe seguir desempeñando esas funciones. Para Maduro —pues—, como para el quinto español, todo está “clarito clarito”.
Lástima para él que cualquier interpretación jurídica seria del texto supralegal venezolano haga insostenible esa peregrina teoría. La juramentación, fijada por la Constitución para el 10 de enero, no es un “simple formalismo”, sino la condición sine qua non para ejercer después de esa fecha —o seguir haciéndolo, como sería el caso de Chávez— la jefatura del Estado.
Él mismo —Maduro— es Vicepresidente Ejecutivo dentro del actual mandato. Al llegar la fecha fijada por la Constitución, termina ese período, por lo que el antiguo guagüero dispuesto a volver a serlo debe cesar en su puesto. Chávez podría designarlo para el mismo cargo dentro del nuevo período 2013-2019, pero, para hacerlo, primero debe tomar posesión. Lo contrario sería instaurar un régimen de facto e incurrir de paso en el delito que la legislación de raigambre hispánica conoce como usurpación o prolongación de funciones públicas.
Deberemos mantenernos expectantes sobre lo que sucederá el próximo jueves. Aunque Maduro, al parecer, hubiese preferido otra opción, Diosdado Cabello fue reelecto como Presidente de la Asamblea Nacional. Pese a la alambicada hermenéutica del actual Vicepresidente Ejecutivo, el texto constitucional respalda al Jefe del Legislativo, cuyas ambiciones son bien conocidas.
Por su parte, las autoridades cubanas, que de calle sienten predilección por Maduro, han mostrado gran hermetismo: Al informar sobre la elección de la nueva Mesa de la Asamblea Nacional, se limitaron a informar sobre la elección de Cabello, quien, por ser más nacionalista y menos doctrinario, no goza de su predilección.
Habrá que ver qué hará el actual mandamás si Chávez no reaparece el próximo día 10 y la Asamblea Nacional, como manda la Constitución, toma juramento a Diosdado Cabello como encargado de la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela.