LA HABANA, Cuba. – El recluso Yendri Pascual Cervantes denunció en conversación telefónica con CubaNet haber sido víctima de una golpiza en la prisión provincial de Guantánamo.
El preso dio a conocer que el sábado 20 de julio fue golpeado por “el capitán Gómez”, jefe de Seguridad Penal, y por el oficial de guardia, un teniente de apellido Matute. Según lo denunciado por la víctima, el motivo de la golpiza fue intentar excederse del tiempo estipulado para hablar por teléfono, que en esa unidad es de tres minutos cada cuatro días.
El recluso puntualizó que su intención era poder hablar con su madre para informarse sobre su salud, pues se encuentra enferma. De igual modo indicó que esta es la segunda golpiza que recibe por parte de los militares en ese centro penitenciario de máximo rigor.
En esta ocasión, agregó, le dieron patadas y piñazos por la boca, por el abdomen y “por todos lados”; además lo golpearon con los bastones. El interno destacó que como resultado de la fuerte golpiza tiene “tremendo dolor en todo el cuerpo”, a pesar de lo cual, lamentó, no le han administrado asistencia médica.
Por su parte, el activista de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) Misael Morales Patterson, recluido en la misma prisión, además de corroborar lo anterior hizo énfasis en que el castigo fue perpetrado ante la presencia del actual director de la instalación carcelaria, el mayor Rainier Lescaille Puig.
El activista de la UNPACU, de 38 años de edad, está prisionero desde el 2 de noviembre de 2014. Cumple una condena de 29 años de privación de libertad por el presunto delito de asesinato.
Yendri Pascual Cervantes, cuentapropista de 29 años de edad y natural de Guantánamo, se encuentra encarcelado desde el 1º de febrero del año 2022. Fue condenado a cinco años de privación de libertad por el supuesto delito de robo con violencia.
De acuerdo con las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela), las restricciones o sanciones disciplinarias no podrán equivaler a tortura u otros maltratos.
En este sentido, el principio de la dignidad humana en ellas expresado establece: “Todos los reclusos serán tratados con el respeto que merecen su dignidad y valor intrínsecos en cuanto seres humanos. Ningún recluso será sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, contra los cuales se habrá de proteger a todos los reclusos, y no podrá invocarse ninguna circunstancia como justificación en contrario (…).”
Por otra parte, según el principio de menor lesividad descrito en el documento: “La prisión y demás medidas cuyo efecto es separar a una persona del mundo exterior son aflictivas por el hecho mismo de que despojan a esa persona de su derecho a la autodeterminación al privarla de su libertad. Por lo tanto, a excepción de las medidas de separación justificada y de las que sean necesarias para el mantenimiento de la disciplina, el sistema penitenciario no deberá agravar los sufrimientos inherentes a tal situación”.
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