LA HABANA, Cuba, abril, 173.203.82.38 -Julio Cesar Rifa Rivero y Roger Pupo Fariñas están totalmente indefensos, y no tienen forma de cambiar esa situación. No encuentran un abogado que quiera demandar a la Capitanía del Puerto de La Habana por vulnerarles sus legítimos derechos.
El 17 de diciembre del año pasado, las autoridades los sorprendieron, junto a 4 personas más, en aguas cercanas a la costa, flotando sobre una balsa construida por ellos mismos, después de un intento fallido de salida del país. “Había mal tiempo y decidimos recalar”, afirma Pupo Fariñas.
El 3 de marzo del presente año, 2 meses y medio después, el Teniente coronel Jorge Luis Aluija Urgell, dictó resolución en la que afirma que los 6 balseros incurrieron en una infracción muy grave. “Construyeron una embarcación rústica, en la cual, más tarde, navegaron sin la autorización de la Capitanía de Puerto”, argumenta.
En 1994, por política penal, amparada en la vigencia de tratados internacionales (Acuerdos Migratorios), el Estado cubano decidió no sancionar penalmente a los emigrantes cubanos que intentan salir ilegalmente del país por vía marítima, en embarcaciones precarias y con riesgos para sus vidas.
Sin embargo, el gobierno, a través de la Capitanía del Puerto, los sanciona administrativamente cuando los detecta en la costa o en el mar, por infringir las normas sobre la tenencia y operación de embarcaciones en el territorio nacional.
En Cuba está vigente un sistema para reprimir con multas y otras medidas, como el decomiso, violaciones de las disposiciones administrativas que no constituyan delito, llamadas infracciones o contravenciones personales. Hasta la fecha, el gobierno ha puesto en vigor más de 90 disposiciones legales en materia contravencional.
Existen 14 infracciones sobre tenencia y operación de embarcaciones, calificadas de leves, graves y muy graves, sancionables con multas que van desde 500 hasta 10 mil pesos, incluyendo el decomiso.
Yandi Vidal Cruz Alfonso, de 22 años, Renny Leyva Risco, de 26, Alexander Lara Céspedes, de 36, Ricardo Mera Brides, de 36, y Julio Cesar Rifa Rivero, de 33 años, fueron multados con 3 mil pesos en moneda nacional, y a Roger Pupo Fariñas, de 31 años, se le impuso el pago de 4 mil pesos.
La reincidencia en la comisión de infracciones graves, o incurrir a la vez en infracciones leves y graves, se sanciona con multa de 3 mil a 10 mil pesos.
Roger tiene, además, 12 intentos de salida del país. En diciembre de 2006, fue detenido cuando regresaba a la costa, y fue interrogado por oficiales de Seguridad del Estado, pero no fue multado. Julio tiene otras 5 salidas, 4 de las cuales no fueron detectadas por las autoridades.
El capitán de puerto, en su resolución, indicó a los balseros el derecho a recurrir su decisión. Los jóvenes buscaron asistencia legal en la sede de la Asociación Jurídica Cubana, dirigida por el Licenciado Wilfredo Vallín. Los letrados de esta organización independiente le redactaron el escrito de reclamación.
“La resolución 16/12, de la Capitanía del puerto de La Habana, se notificó extemporáneamente”, consignaron en su alegato. “Se convierte en un acto jurídico ineficaz, por no cumplir las formalidades establecidas en este caso el término para su aplicación”, argumentaron.
La Capitanía del puerto les denegó la interposición del recurso. Los abogados de la AJC les recomendaron no pagar la multa. Sin embargo, las normas que rigen el sistema contravencional advierten que para apelar una contravención, se debe satisfacer primero la penalidad.
Las multas se duplican de no pagarse dentro de los 30 días siguientes a su imposición. A los 2 meses de impago, se tramita, para su cobro, la vía de apremio, mediante el embargo del sueldo, salario, pensión o cualquier otro ingreso que perciba el infractor.
Los balseros no quedaron conformes. Su último intent fue solicitar los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos (estatales), que los representara en una demanda legal contra la Capitanía de Puerto. La Ley de Procedimiento Civil vigente regula un procedimiento para reclamar, en la vía judicial, las decisiones administrativas de los órganos estatales que vulneren derechos legalmente establecidos.
Julio Cesar Rifa Rivero y Roger Pupo Fariñas se personaron en la sede de 2 bufetes colectivos, ubicados en el Vedado y Arroyo Naranjo, en la capital. Intentaron contratar 4 abogados. Todos se negaron.
Los balseros asumen que tal vez, los letrados temen llevar una demanda contra una dependencia del Ministerio del Interior.