LA HABANA, Cuba. — Este jueves 21, la Corriente Agramontista —la más antigua y numerosa agrupación de abogados cubanos independientes— divulgó el Número 27-28 de su Boletín. Esta publicación tiene carácter monográfico, pues está dedicada íntegramente al Proyecto de Constitución Democrática para Cuba, obra del mismo autor del presente trabajo periodístico.
No me resulta fácil escribir sobre un texto de mi propia autoría, pero en estas líneas, trataré de aportar algunas consideraciones generales y personales sobre el referido texto, en cuya redacción he estado trabajando durante años. Prefiero no explicitar cuántos, y actúo de ese modo tomando en cuenta la anécdota que citaré a continuación.
Ella se refiere al jurista Rafael Garriga Tejera, quien luchó contra el batistato y fue miembro del Ejército Rebelde. Después trabajó en el Ministerio del Interior (MININT), donde alcanzó el rango de mayor. Posteriormente fue separado de tan represiva institución (nunca supe por qué). Fue entonces que ingresó como simple abogado en los bufetes colectivos, donde fuimos colegas. Hablo, claro, de la época en que aún el régimen castrista no me había prohibido ejercer la profesión.
Pues bien: es el caso que Garriga tenía inquietudes literarias. Llegó a publicar tres libros de relatos. Se trata —creo— de obras sin mayor trascendencia, pero no es mi propósito evaluarlas. Lo cierto es que el primero de esos volúmenes contiene una dedicatoria a un amigo de juventud y también “intelectual orgánico” del castrismo. Ella dice así: “A Fayad Jamís, que hace veinte años me dijo: ‘Escribe’” (o algo por el estilo, pues cito de memoria).
No de labios del propio Garriga, sino a través de un testigo del suceso, conocí de lo acaecido cuando el recién publicado escritor, quien aún no había alcanzado el grado militar arriba mencionado, exhibió muy orondo ese primer libro a sus compañeros de aparato represivo. Un subalterno, irreverente, confianzudo y osado, exclamó: “¡Coño, capitán, y usted estuvo veinte años para escribir esta mierda!”.
Ya explicado —medio en broma— por qué prefiero guardar silencio sobre el tiempo que llevo trabajando en mi proyecto de superley, prosigo —ya en serio— con mi exposición. El texto recién publicado no representa el primer intento legislativo dado a conocer por la Corriente Agramontista. En realidad, viene a ser el séptimo trabajo de esa naturaleza que hemos publicado.
De ellos, he sido coautor de tres: El de la Ley de Tierras y Desarrollo Productivo, así como la de Asociaciones (ambos elaborados en colaboración con el colega Ernesto García Díaz) y el del Código Penitenciario (fruto de mi trabajo conjunto con el también articulista de CubaNet Roberto de Jesús Quiñones Haces).
Esos trabajos, así como otros elaborados por juristas diferentes y publicados en diversos números de nuestro Boletín (visibles en agramontista.blogspot.com), persiguen un claro propósito: que, cuando se produzca en nuestra Patria el inevitable cambio democrático y acceda al poder un gobierno de transición, este cuente con textos de esa naturaleza que puedan resultarle de utilidad en la ardua labor que deberá emprender.
En el caso del Proyecto de Constitución Democrática, su aparición pública ha sido precedida (hace un par de semanas) por la de la Introducción al mismo, que explica algunos de los rasgos esenciales del documento ahora publicado. Esa especie de presentación del proyecto ocupa la mayor parte de las páginas del Número 26 del propio Boletín de la Corriente Agramontista.
En lo relativo a la Parte Dogmática, entre esas características fundamentales del documento se encuentra un reconocimiento pormenorizado de los derechos humanos. Esa regulación está inspirada en el texto de la Constitución democrática de 1940 (abrogada de modo arbitrario por el castrismo), pero lo rebasa en buena medida: Es que en el actual Proyecto se recogen numerosas normas aparecidas en cartas magnas promulgadas en distintos países democráticos durante los 82 años decursados desde la adopción de aquel documento esencial en la historia política de Cuba.
En la Parte Orgánica, propongo restablecer la partición de los poderes públicos. También he procurado tomar en consideración —para eludirlos— determinados malos precedentes de diversas superleyes de Nuestra América. La idea central es reconocer el papel de la oposición y garantizar que esta cuente en cada cámara del Legislativo con bancadas importantes (que cuenten con más de un tercio de los miembros de cada una). Pero asegurar también que el Ejecutivo disponga en ellas de mayoría (que es casi segura en una de las cámaras y muy probable en la otra). De ese modo, el gobierno que en su momento elija el pueblo cubano podrá gobernar
Por último, en la Cláusula de Reforma he tratado también de tomar en cuenta las malas experiencias de los países del llamado “socialismo del siglo XXI”. Lo he hecho asimismo con el sano propósito de evitar la repetición de ellas en nuestra tierra, una vez que esta se haya librado del flagelo del socialismo marxista-leninista de vocación totalitaria que la acogota.
Espero que este trabajo periodístico —el cual, por definición, no debe ser extenso en demasía— sirva para motivar a los amigos lectores a acometer la lectura del Proyecto mencionado, así como la de su Introducción. De lograrlo, se habrá cumplido el propósito que me ha animado a redactar estas líneas.
ARTÍCULO DE OPINIÓN
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