MIAMI, Estados Unidos. — El libre acceso a las telecomunicaciones e Internet sigue siendo una quimera en la Cuba castrista. No se trata de una teoría conspirativa ni de un tópico de quienes se oponen al régimen, sino de una realidad contrastada y codificada en los propios estatutos de empresas como ETECSA, cuyos servicios son controlados y regulados por la dictadura.
Una revisión hecha por la plataforma Proyecto Inventario de los contratos y condiciones de uso de los principales servicios de telecomunicaciones que ofrecen ETECSA y otros proveedores de servicios de Internet revela que existen cláusulas que pueden ser usadas para restringir el acceso a quienes los empleen con fines opuestos a los intereses del Partido Comunista (PCC) y la clase gobernante.
Los mecanismos de control son simples: los usuarios en Cuba solo pueden acceder a los servicios de empresas como ETECSA firmando contratos que permitirían suspenderles el mismo si el proveedor determinase que hubo un uso inapropiado de este.
En ese contexto, conceptos como “moralidad pública”, “orden público”, “la ética, moral y buenas costumbres” —completamente sometidos a la interpretación del poder— aparecen para limitar el libre acceso de los ciudadanos a la tecnología.
En el caso de la telefonía celular, la propia ETECSA deja claro en sus condiciones de uso que se arroga la potestad de bloquear una línea celular o incluso terminar el contrato si considera que el cliente ha usado inadecuadamente el servicio para atentar “contra la moral, el orden público, la seguridad del Estado”.
Algo similar ocurre con la navegación a Internet a través de las cuentas NAUTA, las zonas wifi o las salas de navegación. La revisión hecha por Proyecto Inventario resalta que para abrir una cuenta Nauta permanente y conectarse a Internet el usuario debe firmar un contrato que obliga a no usar el servicio para realizar acciones que ETECSA considere “dañinas o perjudiciales para la seguridad pública, la integridad, la economía, la independencia y la soberanía nacional”. La empresa también puede denegar el acceso a la cuenta Nauta de forma inmediata a clientes que violen “las normas de comportamiento ético que promueve el Estado cubano”.
Proyecto Inventario recuerda que la Resolución No. 197 de 2013, que aprobó el acceso a Internet para personas naturales a través de Nauta y estableció las condiciones generales del servicio por medio de cuentas permanentes, advierte que se suspenderá a quienes dañen “la seguridad pública, la integridad, la economía, la independencia y la soberanía nacional”.
Otro de los servicios más utilizados, el Nauta Hogar, que facilita el acceso a Internet desde las casas, también puede ser suspendido si el cliente comete actos que, según la apreciación de ETECSA, atenten “contra la independencia y la soberanía nacional de la República de Cuba o de otros Estados”.
El régimen de la Isla, a través de su monopolio estatal, también ejerce el control sobre los nombres de dominios .cu, el alojamiento de sitios web y servidores privados virtuales, las redes comunitarias y redes privadas, así como los contratos de telecomunicaciones.
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