MIAMI, Estados Unidos.- El gobierno brasileño ha publicado una Orden Ministerial que permitirá a los cubanos que hayan integrado el programa Más Médicos en Brasil tramitar el permiso de residencia.
En la ordenanza, aprobada este lunes y firmada para “satisfacer los intereses de la política migratoria nacional”, se prevén los procedimientos que deberán realizar las personas interesadas en obtener este permiso por un período de dos años.
Según establece el documento oficial del gobierno brasileño, se deben presentar los siguientes documentos:
– documento de viaje o documento oficial de identidad
– dos fotos 3×4
– certificado de nacimiento o matrimonio o certificado consular, si no figura en el documento mencionado en el punto I
– certificado de antecedentes penales de los estados en los que ha residido en Brasil durante los últimos cinco años
– declaración, bajo pena de ley, de la ausencia de antecedentes penales en cualquier país en los últimos cinco años
– declaración, bajo pena de ley, que formaba parte del programa Más Médicos
– tarjeta nacional de registro migratorio emitida con base en la condición anterior o declaración de pérdida.
Si los documentos mencionados han sido retenidos por las autoridades del país de origen del solicitante, sus datos pueden recuperarse a través de una consulta con el Sistema Nacional de Registro de Migración, dice la ordenanza.
Así mismo, se le notificará al solicitante que se rectifique o complemente algún documento si la Policía Federal lo estima necesario, para lo cual se cuenta con un plazo de 30 días. Pasado este tiempo, si no se ha realizado debidamente el proceso, la solicitud se extinguirá, “sin perjuicio del uso, en un nuevo proceso, de los documentos que se presentaron y que siguen siendo válidos”.
Después de los dos años de residencia en Brasil que el gobierno del país otorgó a los médicos, el inmigrante puede aplicar en una de las unidades de la Policía Federal al permiso de residencia con validez indefinida, dentro de los 90 días anteriores a que expire su autorización de estancia en el país.
Para ello deberán cumplir los siguientes requisitos:
– no haber estado ausente de Brasil por más de noventa días cada año migratorio;
– haber entrado y salido del territorio nacional exclusivamente por el control migratorio brasileño;
– presentar antecedentes penales en Brasil; y
– probar los medios de vida.
Según lo que establece la legislación brasileña, con esta nueva Orden Ministerial los solicitantes podrán ejercer la actividad laboral, y a su vez se les retira de manera expresa y voluntaria la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado a aquellos cubanos que se encuentren en ese estatus.
Esta medida, que entra en vigor desde el mismo momento de su publicación y permite a los cubanos establecerse de manera legal en el gigante sudamericano, beneficiará a los más de 2000 cubanos que habían solicitado refugio en ese país después de que el régimen cubano retirar a sus galenos del programa Más Médicos.
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