MIAMI, Estados Unidos.- “El régimen está aplicando por todo el país un Decreto- Ley, el 370, completamente arbitrario, que atenta contra la libertad de expresión y prensa y contra el uso de las redes públicas”, denunció a través de CubaNet el líder opositor José Daniel Ferrer García.
El Decreto-Ley 370 de 2018, usado contra opositores pacíficos, periodistas independientes y otros ciudadanos, demuestra nuevamente la vulneración de la Carta Magna por las máximas autoridades cubanas. En su artículo 68 inciso i, el decreto-ley en cuestión prevé que podrá ser sancionada cualquier persona que publique en redes sociales u otros espacios digitales “información contraria a los fines del Estado, la sociedad y la moral pública”.
No obstante, no se trata de una novedad: desde la fundación de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) en 2011, cientos de sus miembros han sufrido multas impuestas por ejercer ―o intentar ejercer― derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Sin que mediara una campaña y sin prácticamente acceso a las redes sociales, los miembros del grupo opositor se negaban, en su mayoría, a pagar dichas multas por considerarlas arbitrarias. Desde entonces hasta la actualidad, decenas de activistas han sufrido ―todavía sufren― prisión por el delito de “impago de multas”.
Pero hasta la aprobación del Decreto-Ley 370, la política represiva del régimen no se había “legalizado” en Internet. Conocida también como Ley Azote, esta disposición regula aún más la libertad de expresión. Sus principales víctimas, según opinan varias fuentes, no son ni siquiera las que más confrontan al régimen: el decreto-ley afecta a todos los sectores de la sociedad civil y la ciudadanía cubanas.
El coordinador principal de la UNPACU también manifestó su preocupación por la puesta en práctica continuada de esta norma “legal”. De la veintena de personas multadas hasta el momento, tres integran el grupo opositor dirigido por Ferrer y son promotores de la iniciativa Cuba Decide. Se trata de Ovidio Martín Castellanos, Ediyersi Santana Jouz y Henry Couto Guzmán.
También, los activistas Aníbal Riveaux Figueredo, Ociel Morales Díaz y Yoel Acosta Gámez han sido detenidos, advertidos y amenazados con ser multados o procesados por sus publicaciones en redes sociales.
“El número de personas multadas, según este decreto-ley, va en aumento. La dictadura pretende, con estas y otras acciones represivas, silenciar a quienes difunden informaciones que desmienten el discurso y la propaganda oficiales, en medio de la crisis agravada por la pandemia de la COVID-19”, aseguró Ferrer.
Ahora “todos debemos enfrentar, juntos y con la mayor firmeza, estos nuevos y graves atentados contra el derecho de los cubanos a difundir y buscar información veraz por cualquier medio al amparo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, agregó.
¿Por qué es ilegítimo el Decreto-Ley 370?
“El Decreto-Ley 370 de 2018 materializa lo que ya se veía venir: la premeditada y consciente vulneración de la gran mayoría de los preceptos constitucionales por normas jurídicas de inferior jerarquía. Ese es el caso, entre tantos, de dicha normal, la cual irrespeta la Constitución de la República de Cuba, especialmente su artículo 54: ‘El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas, la libertad de pensamiento, conciencia y expresión’”, explicó a CubaNet el abogado Julio Ferrer Tamayo, del Centro de Información Legal Cubalex.
De acuerdo con el jurista, la forma declarativa en que fue redactada la vigente Constitución permite a las autoridades cubanas vulnerarla, pues la Carta Magna carece de preceptos que garanticen su superior jerarquía y su inviolabilidad por una norma jurídica inferior.
El abogado radicado en Cuba recuerda que tres meses antes de la entrada en vigor de la nueva Carta Magna, Miguel Díaz-Canel, en ejercicio de su extinto cargo de presidente del Consejo de Estado, pronunció el Decreto-Ley No. 370 de 2018, con el cual restringió la garantía constitucional prevista en el artículo 54 de la Constitución.
“De igual modo limitó los preceptos que enarbola la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 19: ‘Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión’”.
El Decreto-Ley 370, por sí mismo, restringe y excluye por motivos políticos e ideológicos: “La informatización de la sociedad en Cuba desempeña un papel significativo en el desarrollo político (…) del país”. “El Estado promueve el desarrollo y utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, con el objetivo de que constituyan una fuerza política”.
“Por tales razones, debería ser analizada la constitucionalidad del Decreto-Ley 370, sobre todo por el hecho de que fue promulgado con anterioridad a la actual Constitución, lo que pone en duda su debida consonancia con los preceptos constitucionales, en especial con lo que mandata la Carta Magna en su artículo 7: ‘La Constitución es la norma jurídica suprema del Estado’. ‘Las disposiciones y actos de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, así como de las organizaciones, las entidades y los individuos se ajustan a lo que esta dispone’”, recuerda Ferrer.
Según el jurista, la ausencia de un Tribunal Constitucional o de Garantías Constitucionales, no concebido tampoco por la nueva Constitución, es otro de los obstáculos para que los ciudadanos puedan defender sus derechos ante leyes de este tipo.
“Significa una nefasta carencia para lograr una vía expedita y efectiva de defensa constitucional y caldo de cultivo para que cobren vida disposiciones jurídicas inconstitucionales como es el caso de este decreto-ley”, señala Ferrer.
Para el abogado, tal norma jurídica funciona como una especie de bolsa legal en la cual las autoridades echan y “justifican” toda acción represiva contra los ciudadanos que generan o publican contenido considerado “contrario al régimen”.
“Cabe preguntar si dicho decreto-ley cuenta con un glosario de términos y definiciones, porque en ningún punto define ‘información contraria a los fines del Estado, de la sociedad, la moral pública, las buenas costumbres y la integridad de las personas’. Lo que hacen es muy sencillo: dan a tales conceptos la interpretación o definición que en cada momento les resulte conveniente a los efectos de reprimir a los periodistas independientes y a todo aquel que haga periodismo ciudadano”, concluyó el jurista.
Sociedad civil vs. Decreto-Ley 370
La sociedad civil independiente ha impulsado en redes sociales una campaña contra la norma jurídica mediante las etiquetas #NoAl370 o #YoNoPagoEl370, después que decenas de activistas, artistas y periodistas fueran amenazados o multados con cuotas de 3 000 pesos moneda nacional (120 CUC).
“Esta campaña está surtiendo efecto porque genera un sentimiento general: si le pasa algo a uno respondemos todos. Creo que más que una campaña deberíamos convertirlo en proyecto de desobediencia civil”, expresó el artista Luis Manuel Otero Alcántara.
“No le quiero seguir el juego al régimen de pagar las multas, porque al final aquí te encarcelan cuando quieran, tal como ha pasado conmigo, con José Daniel Ferrer y con el propio Roberto Quiñones. Por eso, hay que ir parejo: hay que tener responsabilidad y tratar de nivelar el trabajo interno y externo; no solo podemos esperar por instituciones que nos vengan a salvar. Ahora nos toca a todos como ciudadanos tumbar la dictadura”, terminó.
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