GUANTÁNAMO.- Cuando he sido detenido o citado para ser advertido oficialmente por la Seguridad del Estado por mi condición de periodista independiente, he constatado el desconocimiento jurídico de los oficiales que han conducido los interrogatorios y las amenazas.
Quizás deba decir que demuestran su irrespeto por la escasa institucionalidad del país, como para dejar claro que en una dictadura como la cubana la ley son ellos mismos.
Según testimonios de otros colegas infiero que las acusaciones son idénticas en todo el país porque nos acusan como autores del delito de “Difusión de noticias falsas contra la paz internacional” y de “Usurpación de funciones”.
El delito “Difusión de noticias falsas contra la paz internacional” atenta contra la seguridad del estado y aparece en el artículo 115 del Código Penal cubano, que expresa: “El que difunda noticias falsas con el propósito de perturbar la paz internacional, o de poner en peligro el prestigio o el crédito del Estado cubano o sus buenas relaciones con otro Estado, incurre en sanción de privación de libertad de uno a cuatro años”.
Se trata de una norma que tiende a coartar la libertad de expresión e impedir la divulgación y la denuncia de hechos que la “prensa objetiva y revolucionaria” , por muchos congresos que realice y promesas que haga, jamás va a abordar porque es una prensa oficialista, domesticada y subordinada al departamento ideológico del comité central del partido comunista.
Ahora, para que este delito se tipifique la Seguridad del Estado tendría que demostrar que nuestro propósito es perturbar la paz internacional o poner en peligro el prestigio o el crédito del Estado cubano, o sus buenas relaciones con otro Estado; también tendría que demostrar que lo divulgado sea falso. Es risible pensar que un periodista independiente pueda hacer peligrar la paz internacional, o poner en peligro el prestigio o el crédito del Estado cubano con un artículo. Creo que quienes ponen en peligro ese prestigio y ese crédito son los que mantienen ilegítimamente el poder desde 1959 al incumplir sus obligaciones de pago con otros países y violar sistemáticamente los derechos humanos.
En cuanto al delito de “Usurpación de funciones” que tanto reiteran los oficiales, no existe. En el Código Penal cubano existe la figura de “Usurpación de funciones públicas” en el artículo 148.1, que ni remotamente puede aplicarse a nuestro caso pues sanciona a quien, sin título legítimo, realice actos propios de una autoridad o de un funcionario público, atribuyéndose carácter oficial; o realice, indebidamente, actos propios de los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Ministerio del Interior o de cualquier otro cuerpo armado de la república.
Existe el delito de “Usurpación de capacidad legal” —el que más podría acercarse a nuestro proceder— pero que tampoco puede aplicarse si se respeta el espíritu de la ley. Está registrado en el artículo 149 del Código Penal y señala: “El que, con ánimo de lucro u otro fin malicioso, o causando daño o perjuicio a otro, realice actos propios de una profesión para cuyo ejercicio no está debidamente habilitado, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas”.
Se trata de un delito que históricamente ha existido para proteger a la sociedad de personas inescrupulosas que, por su acción material y con ánimo de lucro u otro fin malicioso cause daño o perjuicio a otro. Ese “otro” es una persona natural concreta, no el Estado cubano. Históricamente la norma ha existido para reprimir a los falsos médicos, enfermeros, ingenieros, abogados, etc, profesiones donde la carencia de conocimientos y la no habilitación sí constituyen un peligro social. Hasta ahora jamás ese delito ha sido aplicado contra personas que ejercen el periodismo sin estar habilitados o sin haber estudiado Periodismo. De hacer una lista de los “periodistas empíricos” que han ejercido la profesión y dejado una huella indeleble en la historia de esa profesión en el país, sería larguísima. Baste decir que muy por encima de muchos “habilitados” José Martí, Regino E. Boti, Julián del Casal, Julio A. Mella, Alejo Carpentier, José María Chacón y Calvo, Nicolás Guillén y hasta el famoso Emilio Bobadilla (Fray Candil), ejercieron el periodismo sin haber estudiado la carrera. Ejemplos similares abundan en el Diccionario de Literatura Cubana.
Tampoco son graduados de periodismo Luis Toledo Sande, la Dra. Graciela Pogolotti, Iroel Sánchez, Julio César Güanche. Enrique Ubieta y otros de los “tanques pensantes” de la dictadura cubana. ¿O será que el régimen va a aplicarnos ese delito a nosotros y a ellos no? ¿O que de forma expedita los habilitarán como periodistas para luego sancionarnos a nosotros, a quienes, por supuesto, jamás nos permitirán estudiar la carrera ni habilitarnos?
Para aplicar ese delito a los periodistas independientes tendrían que demostrar que lo hacemos con ánimo de lucro y no para ejercer el derecho a expresar nuestras opiniones —algo que ellos nos impiden hacer en sus “democráticos y populares” medios oficialistas— y llenar el vacío informativo provocado por la inacción de la sumisa prensa dependiente del partido comunista. Tendrían que demostrar que lo hacemos con un fin malicioso, que causa daño o perjuicio a otro, cuando es todo lo contrario. Quienes intenten acusarnos de la comisión de este delito se toparían con otra dificultad y es que este delito está ubicado en el Título II del Libro Segundo del Código Penal, donde los bienes jurídicos protegidos son la administración y la jurisdicción, dos áreas ajenas a la labor periodística.
No obstante la validez de los argumentos vivimos en una dictadura que es capaz de hacer cualquier cosa contra quienes disienten de sus imposiciones. Así que no sería sorprendente que cometan esa barrabasada jurídica. Para eso tienen a su ejército de fiscalitos, jueces de vergüenza manchada, soldaditos de civil y verdeolivo que sólo saben de combates ante un pueblo indefenso.
Eso, en un momento donde la expansión de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones posibilitan que cualquier ciudadano se convierta en un periodista de barrio —como ocurre ya en múltiples regiones del mundo— dice mucho de ese afán de la dictadura por coartar la libertad e incluso demonizar todo aquello que se aparte de los cánones establecidos por su intolerancia.