LA HABANA, Cuba. – Los gobernantes cubanos han anunciado que el próximo 10 de abril proclamarán la nueva Constitución de la República de Cuba. Es probable que para algunas personas esa fecha no signifique nada. Sin embargo, cualquier lector informado advierte la intencionalidad de semejante decisión.
Porque un día como ese, hace 150 años, fue proclamada la Constitución de Guáimaro, la cual dio forma institucional a la contienda independentista que libraban los cubanos para zafarse del yugo colonial español. Y, por supuesto, la pretensión del castrismo es considerar a la Carta Magna “aprobada” recientemente como heredera de aquella primera Constitución de la República en Armas.
Son muchos los elementos que diferencian a ambos documentos. En esta ocasión nos referiremos a uno que por sí solo basta para deshacer la falsificación histórica montada por las autoridades de la isla: la separación de poderes.
En Guáimaro quedó establecida la independencia entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. El primero representado por el presidente Carlos Manuel de Céspedes, mientras que la Cámara de Representantes, compuesta por delegados de los cuatro estados en que nuestros independentistas dividieron la isla —Oriente, Camaguey, Las Villas y Occidente— era la portadora de la faena legislativa.
Tan efectiva fue la gestión de la Cámara en aras de contener los excesos del Presidente de la República que, como se conoce, logró la destitución de Céspedes hacia 1873, cuando se atisbaban amagos dictatoriales en el hombre de La Demajagua. Esa destitución, que innegablemente constituyó un obstáculo para la unidad que precisaba una contienda de ese tipo, sobre todo en lo concerniente a su desenvolvimiento militar, fue sin embargo una muestra de que la República en Armas nacía en el contexto de instituciones democráticas y el Estado de Derecho.
¡Qué enorme diferencia entonces con lo que sucede actualmente en nuestro país! Porque aquí, y así garantiza la nueva Constitución que seguirá ocurriendo, se mezclan en la Asamblea Nacional del Poder Popular los gobernantes con el resto de los diputados a los que correspondería la labor legislativa. En esas circunstancias es fácil imaginar que estos últimos se cohíban de fustigar a los primeros, y la referida Asamblea oficie como un mero reducto de la unanimidad y la obediencia.
No olvidar tampoco que las famosas Comisiones de Candidatura son las encargadas de nominar a los candidatos que ocuparán los escaños de la Asamblea Nacional, y así se asegura que no queden fuera de ese órgano los principales dirigentes del Partido Comunista, el Gobierno, las Fuerzas Armadas y el Ministerio del Interior.
A la postre, no hay que asombrarse por el hecho de que el castrismo pretenda cañonear la historia —y también la realidad actual— para considerar que la Constitución que ellos elaboraron de acuerdo con sus intereses, e hicieron aprobar con esa exorbitante propaganda en una sola dirección, sea la heredera de aquella primigenia Constitución mambisa.
Ya lo habían hecho, entre otros intentos, con ese afán de identificar el Partido Revolucionario Cubano, fundado por José Martí en 1892, con el Partido Comunista que hoy gobierna la isla con mano de hierro. No les importó que el artículo cinco de las Bases del partido martiano reafirmara que “no tenía como objetivo llevar a Cuba una agrupación victoriosa que considerara a la isla como su presa y dominio”.